Guía práctica para propietarios: Declaración informativa de alquileres de corta duración

07/02/2026

Todo lo que necesitas saber para cumplir la normativa y no perder tu NRUA

Guía práctica para propietarios: Declaración informativa de alquileres de corta duración

Si hace un año hablábamos de la implantación del NRU (Número de Registro Único de Alquiler) como requisito indispensable para alquilar viviendas por periodos cortos, ahora es momento de prestar atención a una nueva obligación clave: la presentación anual de la información sobre los alquileres de corta duración en el portal de los Registradores de España, un trámite imprescindible para mantener activo el NRU.

Si alquilas tu vivienda de corta duración en Menorca, esta guía te ayudará a cumplir con la nueva obligación informativa anual y evitar sanciones que pueden afectar directamente a la comercialización de tu inmueble.

  1. ¿Por qué existe esta nueva obligación?

El Real Decreto 1312/2024 introduce un sistema de control anual sobre los alquileres de corta duración con el objetivo de aumentar la transparencia y la trazabilidad de la actividad

Desde 2026, todos los propietarios con Número de Registro Único de Alquiler (NRUA) deberán justificar anualmente la actividad realizada.

  1. ¿Estoy obligado a presentar el depósito?

Debes presentar el depósito si:

  • Has solicitado el  NRUA en 2025
  • Has alquilado tu vivienda por motivos no permanentes, como:
    • Vacacional o turístico
    • Laboral
    • Estudios
    • Tratamiento médico
    • Cualquier otra causa temporal

Da igual la duración del alquiler o la plataforma utilizada. Si no es vivienda habitual, está dentro de esta normativa.

  1. ¿Qué es el depósito de arrendamientos de corta duración?

Es la presentación anual de un modelo informativo ante el Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles correspondiente, donde se declara la actividad de alquiler realizada durante el año anterior.

  1. ¿Qué información debo incluir?

Por cada inmueble (CRU) y por cada NRUA asignado:

  • Finalidad del arrendamiento
  • Número de huéspedes
  • Fechas de entrada y salida
  1. Fechas clave que no puedes olvidar
  • Periodicidad: anual
  • Mes de presentación: febrero
  • Primera vez: febrero de 2026 (datos de 2025)
  • Plazo excepcional: del 1 de febrero al 2 de marzo
  1. ¿Cómo se presenta el depósito?

La presentación se realiza mediante la aplicación N2 de los Registradores de España:

  • Preferentemente de forma telemática
  • También es posible hacerlo presencialmente

Puede presentarlo:

  • El titular de la vivienda
  • O un gestor autorizado
  1. ¿Qué ocurre si no presento el depósito?

El incumplimiento tiene consecuencias graves:

  • Retirada del NRUA
  • Comunicación a la Ventanilla Única Digital
  • Imposibilidad de comercializar el inmueble en plataformas online
  1. Recomendaciones prácticas

 - Prepara con antelación el listado de alquileres
 - Revisa que los datos coincidan con tu NRUA
 - No esperes al último día del plazo
 - Si tienes dudas, delega el trámite en un profesional

Cumplir con todas y cada una de las normativas es clave para proteger tu inversión y alquilar con tranquilidad.

En Som Menorca acompañamos a nuestros clientes no solo en la compra y gestión de los alquileres de apartamentos y casas vacacionales, sino también en la gestión responsable y legal de todo lo que requiere cada propiedad inmobiliaria.

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